Poder Judicial: Nuevas disposiciones para el desarrollo de las laborales en los órganos jurisdiccionales

Juez usando su laptop

Mediante la Resolución Administrativa 000017-2022-P-CSJLI-PJ de fecha 11 de enero de 2022, la Presidencia de la Corte Superior de Justicia de Lima ha dispuesto que el trabajo remoto de los Jueces, personal jurisdiccional y administrativo de la Corte Superior de Justicia de Lima, se efectivizará en el horario de ocho horas diarias, conforme a lo establecido en la Versión 4 del Reglamento “Trabajo Remoto en los Órganos Administrativos y Jurisdiccionales del Poder Judicial” y será coordinado con el jefe inmediato.

Respecto a las horas dejadas de laborar por los trabajadores que no puedan realizar trabajo remoto, serán acumuladas para la respectiva compensación de horas.

Asimismo, la presente resolución señala que de manera excepcional y hasta nueva disposición, el trabajo presencial interdiario para el personal que labora en el Centro de Distribución General y las mesas de partes periféricas será en el horario de 7:45 am a 12.45 pm.

Excepcionalmente y sólo en caso de ser necesario, los jueces y personal de los órganos jurisdiccionales en materia constitucional podrán asistir a la sede judicial respectiva, pudiendo concurrir solamente con un personal de apoyo y previa coordinación con el trabajador.

Se autoriza a los magistrados, a coordinar el retiro de los expedientes de sus respectivos despachos. Igualmente, se autoriza a los jueces (despacho tradicional) y al administrador (despacho corporativo) a designar a un trabajador a su cargo autorizado a retirar dichos expedientes de los despachos; y, para tal efecto se han establecidos en los siguientes lineamientos:

  1. Los magistrados o el administrador, según sea el caso, comunicarán el retiro de expedientes a la Gerencia de Administración Distrital, conteniendo el nombre de la persona autorizada, indicando los expedientes, consignando el número, partes procesales, acompañados y folios, sede judicial a la que corresponde; la cual será firmada y entregada bajo cargo a la persona designada.
  2. La salida y retorno de los expedientes de las sedes judiciales según la relación, será verificada en las puertas de acceso por el personal de seguridad de la sede.
  3. La información conteniendo el nombre de la persona autorizada, los expedientes a retirar por el trabajador (consignando el número, las partes procesales, acompañados y folios), deberá ser remitido al correo electrónico: gadcsjlima@pj.gob.pe.
  4. El tiempo máximo para el retiro de expedientes será de dos horas.

Los servidores del Poder Judicial que realizan labores de resguardo, seguridad y vigilancia, prestarán dichos servicios en los horarios establecidos por su jefe inmediato, y, con sujeción a

Además de ello, todas las herramientas y aplicaciones informáticas implementadas por el Poder Judicial y la Corte Superior de Justicia de Lima, para el ingreso de documentos judiciales y administrativos por parte del público usuario continuarán habilitadas.

Los administradores de sedes, módulos y pisos, con la colaboración de Coordinación de Seguridad integral, serán responsables de verificar que los magistrados y el personal que acuda a las sedes judiciales no se encuentren dentro del grupo de riesgo al Covid-19 y observen las medidas de bioseguridad, distanciamiento social de metro y medio y el uso correcto de las mascarillas, bajo responsabilidad.

Pueden visualizar la resolución completa en el siguiente enlace.

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La revista especializada en derecho laboral más antigua del Perú. Fundada por Fernando Elías Mantero en mayo de 1975.