No es factible que Servir se pronuncie sobre el reconocimiento de una bonificación extraordinaria

Mediante el Informe Técnico 000663-2022-Servir-GPGSC de fecha 5 de mayo de 2022, la Autoridad Nacional del Servicio Civil, precisó que cuenta con la facultad para realizar opiniones técnicas en base a las disposiciones normativas y sobre el funcionamiento del Sistema Administrativo de Gestión de Recursos Humanos.

Asimismo, Servir, evocó el Decreto de Urgencia 044-2021, en la cual se expresa que la Dirección General de Gestión Fiscal de los Recursos Humanos del Ministerio de Economía y Finanzas (MEF), dicha entidad tiene la responsabilidad exclusiva para emitir opinión vinculante en relación a los ingresos de los recursos humanos del Sector Público, así como también desarrollar normas en razón de dicha materia.

Además, este organismo rector, realiza sus opiniones acerca de las compensaciones no económicas, cuando la propuesta cuente con efectos fiscales, y no resulta factible, que este órgano consulte acerca del reconocimiento de una bonificación extraordinaria.

Informe Técnico 000663-2022-Servir-GPGSC.

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