No comunicarle al trabajador de una falta imputada vulnera el derecho de defensa

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Mediante la Casación Laboral 21334-2022-Arequipa de fecha 23 de mayo de 2023, la Corte Suprema ha precisado que, dentro del presente caso, el colegiado superior solo ha basado su decisión en la falta de comunicación al trabajador de la falta imputada. Asimismo, no ha precisado un mayor pronunciamiento del fondo del proceso, puesto que no ha fundamentado las razones jurídicas por las que obliga al empleador a efectuar una comunicación al demandante sobre las imputaciones objeto de sanción disciplinaria, ni la obligación de concederle un plazo para presentar sus descargos.

Adicionalmente, la presente Corte señaló que la Sala Laboral evocó la Casación Laboral 4494-2017-Lima, sin precisar su consideración como precedente vinculante o doctrina jurisprudencial para aplicarse al presente caso en concreto. De igual manera, se advirtió que el demandante precisó los errores de derecho y/o hecho en que habría incurrido la sentencia apelada, la cual no ha tenido un pronunciamiento de cada uno de los argumentos impugnatorios por parte del colegiado superior, evidenciando una falta de motivación en la sentencia de vista.

Casación Laboral 21334-2022-Arequipa.

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