Modifican Decreto Supremo sobre la asignación familiar adicionando a los trabajadores con hijos mayores de edad con discapacidad que no cuenten con pensión no contributiva

Mediante el Diario Oficial “El Peruano” se promulgó el día 1 de marzo, el Decreto Supremo 003-2023-TR, en el cual se modifica el Decreto Supremo 035-90-TR, en la que se fija la Asignación Familiar para los trabajadores de la actividad privada, cuyas remuneraciones no se regulan por negociación colectiva, asimismo, esta disposición cumple la finalidad de adecuar las nuevas disposiciones de la Ley 25129, vinculada a los trabajadores de la actividad privada, quienes sus remuneraciones no se regulan por la negociación colectiva.

Adicionalmente, se modifica el artículo 6 establecido en el Decreto Supremo 035-90-TR, en el cual se sigue respaldando el derecho a percibir la asignación señalada hasta que los hijos cumplan 18 años de edad e igualmente se amplía el derecho a percibir esta asignación a los trabajadores con uno o más hijos mayores de 18 años con discapacidad severa, salvo que perciban la Pensión No Contributiva por Discapacidad Severa brindada por la Ley General de la Persona con Discapacidad.

Decreto Supremo 003-2023-TR.

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