El Ministerio de Salud modificó la Resolución Ministerial 573-2022-Minsa, mediante la cual se aprobaron las especificaciones para la contratación de personal bajo la modalidad del régimen especial del Decreto Legislativo 1057, el cual regula el régimen de Contratación Administrativa de Servicios (CAS) para atender la emergencia sanitaria por la covid-19.
En sus considerandos, la norma publicada el 29 de agosto de 2022 en el diario oficial “El Peruano”, detalla que el literal b) del artículo 3 de la mencionada resolución ministerial, establece como uno de los requisitos para la contratación de personal “Haber estado registrado en el Aplicativo Informático para el Registro Centralizado de Planillas y de Datos de los Recursos Humanos del Sector Público (AIRHSP) bajo el régimen del Decreto Legislativo 1057, vigente hasta el 31 de julio del 2022, en el marco del Decreto de Urgencia 018-2022”.
La resolución modifica el referido artículo 3 de la Resolución Ministerial 573-2022/Minsa, el cual queda redactado con el siguiente texto:
“Articulo 3.- Requisitos para la contratación de personal
3.1 El personal a contratarse bajo la modalidad del régimen especial del Decreto Legislativo 1057, debe cumplir con los requisitos siguientes:
(…)
b) Haber estado registrado en el Aplicativo Informático para el Registro Centralizado de Planillas y de Datos de los Recursos Humanos del Sector Público (AIRHSP) bajo el régimen del Decreto Legislativo 1057, durante la vigencia de la emergencia sanitaria.
(…)”.
Constancias de trabajo
En su Artículo 2, la norma publicada dispone que los responsables de las oficinas de recursos humanos o las que hagan sus veces en las entidades comprendidas en la Resolución Ministerial 573-2022-Minsa, en un plazo máximo de dos (2) días hábiles contados a partir de la publicación de la presente resolución ministerial, deben emitir de oficio, las constancias de trabajo del personal que prestó servicios bajo la modalidad del Decreto Legislativo 1057 en el marco del Servicio COVID Especial-Servicer, durante la emergencia sanitaria.
Ello, “para efectos del procedimiento establecido en la Única Disposición Complementaria Transitoria de la Resolución Ministerial 966-2020/MINSA, incorporada por la Resolución Ministerial 603-2022-MINSA”.
En su artículo 3, la norma encarga a la Oficina de Transparencia y Anticorrupción de la Secretaría General la publicación de la presente resolución ministerial en el portal institucional del Ministerio de Salud.
Puede descargar la Resolución Ministerial en el presente link.