Los trabajadores que desempeñan cargos de confianza o de dirección están excluidos del derecho de sindicación

Personas en una reunión de trabajo

Mediante el Informe Técnico 000262-2022-Servir-GPGSC, de fecha 25 de febrero de 2022, la Autoridad Nacional de Servicio Civil (Servir), concluyó que conforme a lo establecido en la Ley de Servicio Civil 30057, los funcionarios del Estado con poder de decisión y los que desempeñan cargos de confianza o de dirección están excluidos del derecho de sindicación, por lo tanto, aquellos beneficios que se obtengan por convenios colectivos o laudos arbitrales, no resultarían aplicables para ellos.

Asimismo, Servir recalcó que los cargos de dirección conllevan ejercer la representación de la organización o ejercer la titularidad de una unidad orgánica determinada, además de tener la capacidad de adoptar decisiones dentro del ámbito de su competencia, por esa razón, estos no son titulares de los derechos de sindicación por exclusión legal y constitucional.

Descargar el Informe Técnico 000262-2022-Servir-GPGSC.

Relacionados

Written by 

La revista especializada en derecho laboral más antigua del Perú. Fundada por Fernando Elías Mantero en mayo de 1975.