Los trabajadores con cargos de confianza o de dirección no les corresponde los beneficios conseguidos por convenio colectivos

Una entrevista de trabajo

Mediante el Informe Técnico 001516-2022-Servir-GPGSC de fecha 25 de agosto de 2022, la Autoridad Nacional del Servicio Civil (Servir), se reiteró que los servidores que son excluidos del derecho de sindicación por lo establecido en la Constitución Político del Perú.

Asimismo, precisó que los beneficios obtenidos por medio de convenios colectivos, le son aplicables a los servidores que no se localicen dentro del grupo de exclusión del derecho de sindicación, en primer lugar, así como también a ellos trabajadores que mantengan el vínculo laboral con la entidad y finalmente los que se encuentren dentro del ámbito de representación de la organización sindical, la cual celebró el convenio.

Informe Técnico 001516-2022-Servir-GPGSC.

Relacionados

Written by 

La revista especializada en derecho laboral más antigua del Perú. Fundada por Fernando Elías Mantero en mayo de 1975.