El día 12 de julio de 2023, a través del Portal Digital del Estado Peruano, el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo brindó la Guía para el trabajador en horario nocturno, que comprende aquellos trabajadores que realizan labores entre las 10 p.m. y las 6 a.m.
En la presente guía, se podrá observar precisiones sobre la remuneración de los trabajadores nocturnos, asimismo, se reitera que la jornada nocturna se encuentra prohibida para trabajadores adolescentes, salvo que un juez lo autorice, asimismo, solo podrá laborar como máximo 4 horas diarias, conforme lo dispuesto en el Artículo 57 de la Ley 27337.