Los servidores sancionados de la función pública pueden establecer un nuevo vínculo con el Estado cuando su inhabilitación haya culminado

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Mediante el Informe Técnico 000611-2022-Servir-GPGSC de fecha 29 de abril de 2022, la Autoridad Nacional del Servicio Civil se pronunció sobre la inhabilitación automática para el ejercicio de la función pública, en la cual se restringe al sancionado para prestar servicios en entidades públicas o empresas del Estado, bajo cualquier modalidad, por el periodo de cinco años, conforme al Decreto Legislativo 1367.

Asimismo, Servir precisó que el caso que un servidor administrativo o de carrera especial, sea sancionado con destitución, la entidad correspondiente aplicará las consecuencias de dicha sanción y ejecución de la inhabilitación accesoria, cuando la medida de destitución quede formal o se haya agotado la vía administrativa, teniendo en cuenta las excepciones preestablecidas en la norma antes mencionada o por mandato judicial. Finalmente, el presente organismo rector indicó que se permitirá una nueva vinculación con el Estado, cuando haya terminado el plazo de inhabilitación.

Informe Técnico 000611-2022-Servir-GPGSC.

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