Los servidores que asumen cargos directivos o de confianza por acción de desplazamiento se encuentran excluidos del derecho de sindicación

Mediante el Informe Técnico 001903-2024-SERVIR-GPGSC de fecha 18 de diciembre de 2024, la Autoridad Nacional del Servicio Civil (Servir) se pronunció sobre los servidores excluidos del derecho de sindicación y de los efectos derivados del convenio colectivo en relación al personal sujeto al régimen del Decreto Legislativo 1057 que ganaron los procesos de selección de las plazas de directores distritales deberían ser considerados directivos y sobre cómo se logra la identificación de un directivo público.

Para ello SERVIR reiteró no resulta aplicables a los beneficios colectivos a los funcionarios públicos ni a los servidores que desempeñan cargo de confianza o de dirección, ni servidores que por alguna acción de desplazamiento asumen cargos directivos o de confianza, indistintamente del régimen laboral. Asimismo, se indicó que la identificación de la condición de directivo público debe ser realizada por las propias entidades por el área de recursos humanos o alguna en su similitud.

Informe Técnico 001903-2024-SERVIR-GPGSC.

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La revista especializada en derecho laboral más antigua del Perú. Fundada por Fernando Elías Mantero en mayo de 1975.