Los servidores públicos que hacen trabajo remoto, presencial o en modalidad mixta no tienen la responsabilidad de compensar las horas dejadas de laborar

Persona trabajando en su laptop

Mediante el Informe Técnico 000676-2022-Servir-GPGSC de fecha 6 de mayo de 2022, la Autoridad Nacional del Servicio Civil (Servir), recordó que para evitar interrumpir la prestación de servicios durante el estado de emergencia nacional por la Covid-19, se optó por crear el trabajo remoto como una modalidad alternativa que permite laboral desde el domicilio o lugar de aislamiento domiciliario, con la finalidad de disminuir el riesgo constante de contagiarse de la Covid-19 , ello generó que se produjera modalidades mixtas, entre la mezcla del trabajo presencial, trabajo remoto y/o licencia con goce de haber compensable.

Asimismo, Servir, puntualizó que, en el trabajo presencial, remoto o en modalidades mixtas, existe la prestación de labores, por ello, no existe la obligación de compensar horas. En virtud de ello, sólo los servidores públicos que gozan de la licencia con goce de haber compensable, tienen la obligación de compensar las horas dejadas de laborar con la entidad.

Informe Técnico 000676-2022-Servir-GPGSC.

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La revista especializada en derecho laboral más antigua del Perú. Fundada por Fernando Elías Mantero en mayo de 1975.