Los Jueces podrán realizar trabajo remoto si en sede judicial no existe capacidad tecnológica adecuada

Juez leyendo una resolución

Se ha publicado en el diario oficial “El Peruano” la Resolución Administrativa 000256-2021-CE-PJ, con la cual se estable que Presidentes y Presidentas de las Cortes Superiores de Justicia del país, por excepción pueden regular el trabajo remoto de jueces y juezas si en la sede judicial no existe capacidad tecnológica adecuada.

Mediante la presente norma se ha establecido que los Presidentes y Presidentas de las Cortes Superiores de Justicia del país, por excepción y en concordancia con lo establecido en el numeral 2.4 del artículo segundo de la Resolución Administrativa 000240-2021-CE-PJ, pueden regular el trabajo remoto de jueces y juezas si en la sede judicial no existe capacidad tecnológica adecuada; quienes concurrirán a sus despachos cuando menos una vez por semana.

Pueden visualizar la presente norma en el siguiente enlace.

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