Los jueces de los órganos jurisdiccionales de los Distritos Judiciales del país, pueden disponer la programación de diligencias externas

Persona subiendo las escaleras

Con Resolución Administrativa de Consejo Directivo 000352-2021-Ce-Pj, publicado el 10 de noviembre de 2021 en el Diario Oficial El Peruano, se establece que los jueces y juezas de los órganos jurisdiccionales de los Distritos Judiciales del país, pueden disponer la programación de diligencias externas; debiendo observar las medidas sanitarias establecidas por el Ministerio de Salud.

Que, a fin de normalizar el servicio de administración de justicia a nivel nacional, y a su vez preservar la salud de jueces, juezas y personal auxiliar por la pandemia que atraviesa el país, es necesario establecer que, sí se pueden efectuar diligencias externas por parte de los órganos jurisdiccionales; observando para ello las medidas sanitarias establecidas por el Ministerio de Salud.

Se transcribe la presente resolución a la Presidencia del Poder Judicial, Presidentes y Presidentas de las Salas Permanentes y Transitorias de la Corte Suprema de Justicia de la República, Ministerio Público, Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, Oficina de Control de la Magistratura del Poder Judicial, Cortes Superiores de Justicia del país, Procuraduría Pública del Poder Judicial, Órgano de Control Institucional; y, a la Gerencia General del Poder Judicial, para su conocimiento y fines pertinentes.

Puede descargar Resolución Administrativa en el presente link.

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