Los actos de un secreto técnico son válidos durante el ejercicio de sus funciones y hasta que se designa uno nuevo

Mediante el Informe Técnico 01338-2022-Servir-GPGSC de fecha 27 de julio de 2022, la Autoridad Nacional del Servicio Civil (Servir) se pronunció sobre las atribuciones y responsabilidades de los consejos municipales y consejos regionales destinado al fortalecimiento del ejercicio de la función de fiscalización que poseen, conforme la Ley 31433, Ley Orgánica de Municipalidades. Asimismo, precisó que se encuentra vigente desde el 7 de marzo del presente año, además, que no tiene fuerza ni efectos retroactivos, por ello, la aplicación toma acción para los supuestos de hechos que se susciten a partir de su vigencia.

Adicionalmente, Servir indicó el secretario técnico designado del Procedimiento Administrativo Disciplinario (PAD), durante la Ley 31433, y que siga en funciones posterior a la vigencia de la norma mencionada, son válidos los efectos jurídicos de los actos que se emitan en el ejercicio de sus funciones hasta el momento que se designa un nuevo secretario técnico, según el acuerdo del consejo municipal o consejo regional.

Informe Técnico 01338-2022-Servir-GPGSC.

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