Mediante la Ley 31552 publicada el día 11 de agosto de 2022 en el diario oficial “El Peruano”, se modificó la fórmula del cálculo de la compensación por tiempo de servicios (CTS) de los docentes contratados, auxiliares de educación nombrados y contratados de las instituciones educativas públicas, preestablecidos en las Leyes 31278 y 30493.
Asimismo, la presente disposición normativa señala que los cambios ordenados se implementarán de forma progresiva respondiendo al marco legal de la Ley de responsabilidad y transparencia fiscal y las reglas macrofiscales. Además, su financiamiento se deriva del presupuesto institucional del Ministerio de Educación conjuntamente con los gobiernos regionales, sin solicitar recursos al tesoro público.