El día de hoy viernes 03 de mayo de 2019 se ha se publicado la Ley que establece el régimen especial de jubilación anticipada para desempleados en el Sistema Privado de Pensiones.
Esta ley establece un Régimen Especial de Jubilación Anticipada a los afiliados en el Sistema Privado de Pensiones dirigido a los afiliados que reúnan los siguientes requisitos:
a) Que al momento de solicitar el beneficio, tengan como edad mínima cincuenta y cinco (55) años cumplidos en el caso de los varones y cincuenta (50) años cumplidos en el caso de las mujeres.
Esta Jubilación procede siempre que el afiliado obtenga una pensión igual o superior al 40% del promedio de las remuneraciones percibidas y rentas declaradas durante los últimos 120 meses (sin incluir las gratificaciones).
b) Que se encuentren desempleados durante doce (12) meses consecutivos o más, acreditando su fecha de cese con documento de fecha cierta. En caso de que, durante el periodo antes mencionado, el afiliado hubiese percibido ingresos de cuarta categoría, el valor total de dichos ingresos debe ser menor o igual al valor equivalente a siete (7) UIT.