Ley de devolución de dinero del Fonavi

Mediante Ley 31454, publicado el día 15 de abril de 2022 en el diario oficial “El Peruano, El Congreso de la República promulgó la ley que asegura la implementación y ejecución de la devolución de dinero del Fondo Nacional de Vivienda (Fonavi) a los trabajadores que contribuyeron al mismo, priorizando a la población vulnerable, como consecuencia de la pandemia de la Covid-19.

Esta norma tiene como objeto asegurar la implementación y ejecución inmediata de la Ley 31173, la cual garantiza el cumplimiento de la Ley de Devolución de Dinero del Fonavi. La norma publicada en El Peruano se refiere al valor constante de las aportaciones aplicando el índice de precios al consumidor correspondiente al periodo comprendido entre el inicio de cada aportación individual hasta la fecha de su devolución

De igual manera, precisa el artículo 5 de la Ley 31173, en el sentido de que la comisión ad hoc está conformada por:

  • Tres representantes del Ministerio de Economía y Finanzas (MEF).
  • Un representante de la Oficina de Normalización Previsional (ONP).
  • Tres representantes de la Asociación Federación Nacional de Fonavistas y Pensionistas del Perú (Fenafp).

La Comisión la preside uno de los representantes de la Asociación Federación Nacional de Fonavistas y Pensionistas del Perú. La Presidencia del Consejo de Ministros (PCM) provee de infraestructura y recursos necesarios para el funcionamiento de la Comisión.

La Secretaría Técnica de Apoyo a la Comisión Ad Hoc, creada por la Ley 29625, será transferida como tal a la PCM y deberá asegurar la continuidad de las funciones, operaciones, procesos y procedimientos para el cumplimiento de la devolución de aportes.

Puede descargar la Ley en el presente link.

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La revista especializada en derecho laboral más antigua del Perú. Fundada por Fernando Elías Mantero en mayo de 1975.