Mediante el Informe Técnico 002791-2022-Servir-GPGSC de fecha 29 de diciembre de 2022, la Autoridad Nacional del Servicio Civil (Servir) reitera que de acuerdo a lo precisado por la Sexagésima Primera Disposición Complementaria Final de la Ley del Presupuesto del Sector Público 2023, se precisó que hasta el 20 de diciembre de 2022, las entidades públicas se encontraban facultadas para identificar los contratos CAS a plazo indeterminado, los cuales debían cumplir con dos condiciones, que los contratos tengan por objeto el desarrollo de labores permanentes y que cuenten con el financiamiento anual en su Presupuesto Institucional de Apertura para el Año Fiscal 2023.
En ese sentido, Servir precisó que el Presupuesto Institucional de Apertura, el cual es un instrumento de gestión financiera de la institución, asimismo, dicha previsión la llevan a cabo las entidades en virtud de su autonomía administrativa y de acuerdo con las normas de la materia.
Informe Técnico 002791-2022-Servir-GPGSC.