Las entidades públicas deben acatar lo precisado en las resoluciones judiciales sin modificar algún extremo de estas

Persona leyendo una resolución en su tablet

Mediante el Informe Técnico 000423-2023-Servir-GPGSC de fecha 14 de marzo de 2023, la Autoridad Nacional del Servicio Civil (Servir) se pronunció sobre el cumplimiento y ejecución de los mandatos judiciales, indicando que dichas resoluciones acatadas por el personal al servicio de la administración pública, sin que éstos puedan calificar su contenido o sus fundamentos, restringir sus efectos o interpretar sus alcances, siendo exhortados a realizar todos los actos para la completa ejecución de la resolución judicial.

Adicionalmente, el presente organismo rector, señaló que en el supuesto que una resolución judicial dispusiera dictar una medida cautelar de reposición, se trata de una vinculación ordenada por mandato expreso del Poder Judicial, sujeta a una decisión definitiva en el marco de un proceso judicial, que la entidad se encuentra obligada a acatar conforme con los términos y condiciones que disponga dicha resolución, si posteriormente dicha medida es revocada es responsabilidad de la entidad, igualmente, cumplir con dicho mandato en sus términos y condiciones.

Informe Técnico 000423-2023-Servir-GPGSC.

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