La licencia por función edil se encuentra condicionada a la vigencia del contrato de los trabajadores CAS determinados

Mediante el Informe Técnico 000081-2023-Servir-GPGSC de fecha 19 de enero de 2023, la Autoridad Nacional del Servicio Civil (Servir) se pronunció sobre la posibilidad de otorgar la licencia por función edil a servidores sujetos al régimen del Decreto Legislativo 1057, señalando que el trabajador perteneciente al régimen señalado y elegido como alcalde debe prevalecer su derecho constitucional de ejercer cargos públicos de elección popular, siendo la Oficina de Recursos Humanos o el área correspondiente, quien le otorgue la licencia sin goce de remuneraciones para asumir el cargo de dedicación a tiempo completo y por el plazo que duraría el mandato.

Asimismo, Servir indicó que se debe considerar la naturaleza de los servidores que soliciten dicha licencia, para ello expresó que en el caso de los servidores con contratos CAS indeterminados, se deberá valorar dicha condición, para el plazo de la licencia sin goce de remuneraciones, siendo otorgable durante el periodo del mandato, mientras que para los servidores con contratos CAS de naturaleza determinada, la licencia sin goce de remuneraciones se encuentra condicionada a la vigencia del contrato, siendo imposible exceder el plazo previsto en él.

Informe Técnico 000081-2023-Servir-GPGSC.

Relacionados
Revista Actualidad Laboral: La revista especializada en derecho laboral más antigua del Perú. Fundada por Fernando Elías Mantero en mayo de 1975.