La creación de las cuentas personales habilitaría el ahorro previsional para los recién nacidos y menores de edad

El día 6 de mayo de 2024, se presentó ante el Congreso de la República el Proyecto de Ley 7765-2023-CR, en el cual se propone la Ley de fomento a la cultura de ahorro previsional, con la finalidad que promover mecanismos e incentivos para que la sociedad, al momento de llegar a la edad de jubilación acceda a pensiones dignas, a través de campañas de información y educación previsional.

Ante la precariedad de las pensiones de jubilación peruanas, se propone como solución la creación de las cuentas personales para los fondos de pensiones, en la cual se podrá aperturar una “Cuenta Pensión Personal” a favor del recién nacido y menores de edades, para el caso el primer supuesto se hará dentro de los 30 días del nacimiento y de manera automática, siendo coordinado con Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (RENIEC), para el segundo supuesto, serán los padres o tutores quienes realicen el trámite, de igual manera, dicha cuenta se habilitará para todos los peruanos que lo soliciten. Asimismo, lo recaudado podrá ser traslado a cualquier entidad financiera o AFP, adicionalmente, dicho dinero y su rentabilidad es intangible y no puede ser retirado sino a la edad de jubilación.

Proyecto de Ley 7765-2023-CR.

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