El Tribunal Fiscal establece los criterios para determinar el valor de la remuneración en el mercado de los trabajadores accionistas

Personas sacando cuentas con una calculadora

Mediante la Resolución del Tribunal Fiscal 07509-3-2020, de fecha el 4 de diciembre de 2020, sobre el asunto de Impuesto a la Renta y multa, recaído en el expediente 18230-2015, el Tribunal indicó que de acuerdo con la regla para precisar el valor de mercado de remuneraciones establecido dentro del numeral 1.3 del artículo 19-A del Reglamento de la Ley del Impuesto a la Renta, en caso contrario, de no existir los referentes en los numerales anteriores (1.1 y 1.2), será el doble de la remuneración del trabajador mejor remunerado entre aquellos que se sitúen dentro del grado, categoría o nivel jerárquico inmediato inferior de la estructura organizacional de la empresa.

En ese sentido, el Tribunal Fiscal optó por puntualizar su concepto referido al “grado, categoría o nivel jerárquico, de la estructura organizacional de la empresa”, especificó que implica la estructura organizacional total de la empresa y no respecto a un área, departamento o sección determinada, en la cual perteneciera el trabajador relacionado con dicha remuneración, asimismo esta contraprestación está sujeta a evaluación del cumplimiento del valor de mercado.

Descarga la Resolución del Tribunal Fiscal 07509-3-2020.

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