El régimen CAS al no tener los mismos derechos y beneficio que el personal del Decreto Legislativo 276 y 728 no existe un límite de edad para trabajar con el estado

Mediante el Informe Técnico 001449-2022-Servir-GPGSC de fecha 12 de agosto de 2022, la Autoridad Nacional del Servicio Civil (Servir) se pronunció sobre la inexistencia del límite de edad en la contratación del personal del régimen CAS, para ello, se remitió al Informe Técnico 991-2017-Servir-GPGSC, en el cual se reitera que para el Régimen de contratación administrativa de servicios (CAS) no existe disposición normativa que establezca un límite de edad para trabajar en el Estado o que origine el cese obligatorio.

En ese sentido, Servir previene que no resulta factible la aplicación de la restricción que se manifiesta en los regímenes laborales regulados por los Decretos Legislativos 276 y 728, puesto que, los derechos y beneficios que el régimen CAS no son los mismos que los otros regímenes, conforme lo señalado por el Tribunal Constitucional en la sentencia del Expediente 00002-2010-Pl-TC.

Informe Técnico 001449-2022-Servir-GPGSC.

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