El proceso de la negociación colectiva de las empresas del Estado se rige igual que el procedimiento de las empresas prestadores de servicios-EPS

2 personas en una reunión dándose la mano

Mediante el Informe Técnico 000021-2023-Servir-GPGSC de fecha 6 de enero de 2023, la Autoridad Nacional del Servicio Civil (Servir) precisó que el proceso de la negociación colectiva, en el caso de las empresas del Estado, se rige por el Texto Único Ordenado de la Ley de Relaciones Colectivas del Trabajo, como también lo realizan las empresas prestadoras de servicios-EPS.

Asimismo, Servir precisó que para los trabajadores de las empresas del Estado no resulta aplicable los acuerdos adoptados por los convenios colectivos suscritos a nivel centralizado, puesto que solo es aplicable a las entidades y servidores del Sector Público, que se encuentran precisados en el primer párrafo del artículo 2 de la Ley de Negociación Colectiva del Sector Estatal.

Informe Técnico 000021-2023-Servir-GPGSC.

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