El destaque por desarrollo personal o profesional no procede en las entidades públicas

Dos trabajadores revisando un documento

Mediante el Informe Técnico 0000124-2024-Servir-GPGSC de fecha 30 de enero de 2024, la Autoridad Nacional del Servicio Civil (Servir) se pronunció sobre la procedencia que un servidor sujeto al régimen del Decreto Legislativo 276 solicite su destaque interno en la misma entidad, por razones de desarrollo personal y/o profesionales.

Ante ello, el organismo rector precisó que el destaque se conceptualiza como el desplazamiento temporal de un servidor a otra entidad a pedido del mismo, debiendo estar fundamentado, para desempeñar funciones asignadas por la entidad de destino dentro de su campo de competencia funcional. En ese sentido, Servir indicó que solo puede otorgarse en base a dos supuestos: debido a las condiciones geográficas de lejanía del servidor respecto a su centro de trabajo y por cuestiones de orden presupuestal, por lo que el supuesto de destaque interno por motivo de desarrollo personal y/o profesional del servidor no se encuentra regulado.

Informe Técnico 0000124-2024-Servir-GPGSC.

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