El Congreso de la República publicó la ley que reduce a 30 días calendario el plazo para otorgar una pensión provisional

Una persona indicando la fecha en el calendario

Mediante Ley 31534 publicada el día 27 de julio de 2022 en el diario oficial “El Peruano”, se modifica el artículo 1 de la Ley 27585, Ley de simplificación administrativa de las solicitudes de pensión del Sistema Nacional de Pensiones, regulado por el Decreto Ley 19990, en los siguientes términos:

“Artículo 1. Objeto de la ley:

La entidad encargada de declarar y otorgar el derecho pensionario en el Régimen del Decreto Ley 19990, que dentro de los 30 (treinta) días calendario contados a partir de la presentación de la solicitud no se ha pronunciado reconociendo o rechazando la solicitud, está obligada a otorgar una pensión provisional, equivalente al monto mínimo de pensión establecido para cada prestación, tales como invalidez, jubilación y sobrevivientes”.

Disposición complementaria final

ÚNICA. Modificaciones reglamentarias

El Poder Ejecutivo realiza las modificaciones reglamentarias que sean necesarias para la adecuación a la presente ley en el lapso de 60 (sesenta) días calendario.

Puede descargar la Ley en el presente link.

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La revista especializada en derecho laboral más antigua del Perú. Fundada por Fernando Elías Mantero en mayo de 1975.