Dentro del nivel centralizado de una negociación colectiva se considera legítima por la cantidad de afiliados

Mediante el Informe Técnico 000404-2023-Servir-GPGSC de fecha 8 de marzo de 2023, la Autoridad Nacional del Servicio Civil (Servir) reiteró que la Ley de Negociación Colectiva en el Sector Estatal, Ley 3118, ha previsto dos niveles  de negociación en el sector público, el nivel centralizado y descentralizado. Dentro del primer nivel, se consideran legitimadas para negociar las confederaciones sindicales «más representativas de los trabajadores del Estado a nivel nacional», en función a la cantidad de afiliados a las organizaciones sindicales.

Adicionalmente, Servir en cumplimiento de la segunda disposición complementaria final de la Ley señalada, en el párrafo anterior, le corresponde al Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo brindar información actualizada respecto a cuáles son las confederaciones más representativas de los trabajadores del Estado a nivel nacional, en función al número total de afiliados a las organizaciones sindicales que conforman las confederaciones previamente registradas en el Registro de Organizaciones Sindicales de Servicios Públicos, puesto que conforme al Decreto Supremo 003-2004-TR, es el encargado de llevar el registro de afiliación sindical.

Informe Técnico 000404-2023-Servir-GPGSC.

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