Declaran días no laborables en el sector público correspondiente al año 2019

Con fecha 04 de enero del 2019, el Gobierno del Perú emitió el Decreto Supremo 002-2019-PCM el cual otorga días no laborables al sector público con el fin de promover el turismo interno.

Se indica Que el Ministerio de Comercio Exterior y Turismo (MINCETUR) es el que tiene como objetivo promover el desarrollo de la actividad turística como un medio para contribuir al crecimiento económico y al desarrollo social del país; asimismo, que a fin de fomentar el desarrollo del turismo interno, el Gobierno lleva a cabo políticas estratégicas de promoción de los atractivos turísticos del país, dentro de las cuales promueve desde hace más de una década, para el sector público, el establecimiento de días no laborables sujetos a compensación o recuperación de horas no trabajadas, las cuales sumados a los feriados ordinarios, crean fines de semana largos propicios para la práctica de turismo interno.

En ese sentido, se declararon los siguientes días como no laborables en el sector público:

A. Martes 30 de julio, con el que se genera un feriado largo por Fiestas Patrias.
B. Jueves 29 de agosto, con el que se genera un feriado largo por ser día previo al día festivo de Santa Rosa de Lima ( viernes 30 de agosto)
C. Jueves 31 de octubre, con el que se genera un feriado largo por ser un día previo al día festivo de Día de todos los santos ( viernes 01 de noviembre)

A tener en cuenta

  • Para fines tributarios, los presentes días no laborables serán considerados como hábiles.
  • Las horas dejadas de laborar durante los días no laborables serán compensadas en los diez (10) días inmediatos posteriores, o en la oportunidad que establezca el titular de cada entidad pública, en función a sus propias necesidades.
  • Los titulares de las entidades del sector público adoptarán las medidas necesarias para garantizar la provisión de aquellos servicios que sean indispensables para la sociedad durante los días no laborables.
  • Los centros de trabajo del sector privado podrán acogerse a lo dispuesto en el presente Decreto Supremo, previo acuerdo entre el empleador y sus trabajadores.
Relacionados

Written by 

La revista especializada en derecho laboral más antigua del Perú. Fundada por Fernando Elías Mantero en mayo de 1975.