Cuando no se establece de manera expresa la causal objetiva determinante se contará como desnaturalizado

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Mediante la sentencia del Expediente 03498-2013-PA/TC, de fecha 20 de junio de 2017, el Tribunal Constitucional puntualizó que el contrato de trabajo a plazo fijo bajo el régimen laboral especial, conforme al Decreto Ley 22342, se considera desnaturalizado cuando no se establece de manera expresa la causal objetiva determinante para la contratación.

En ese sentido, para este régimen laboral especial sus causas objetivas determinantes para una contratación se localizan en el artículo 23 de la ley anteriormente mencionada, en el cual se dispone que cada contratación dependerá de (1) Contrato de exportación, orden de compra o documentos que la origina. (2) Programa de producción de exportación para satisfacer el contrato, orden de compra o documento que origina la exportación, sin embargo, en el presente caso, se observó que el contrato no contaba con los requisitos formales para su validez, de acuerdo a lo establecido en el artículo 32 de la ley antes señalada.

Descarga la sentencia del Expediente 03498-2013-PA/TC.

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