Mediante resolución de fecha 03 de junio de 2021 la Corte Suprema resuelve el recurso de queja 75-2021/Cusco, declarándolo fundado, recurso de queja interpuesto por la defensa del encausado contra el auto que declaro inadmisible su recurso de casación alegando que fue presentado de manera extemporánea (01 día posterior fuera de plazo).
La corte suprema, sostiene que el tribunal superior no tuvo presente el artículo 155-C de la Ley Orgánica del Poder Judicial, sobre la notificación electrónica, el cual establece que, la notificación electrónica surte efectos desde el segundo día siguiente en que se ingresa la notificación a la casilla electrónica.
Para poder visualizar la resolución puede ingresar al siguiente link: recurso queja 75-2021/Cusco.