En la Casación Laboral 16423-2022-La Libertad, emitida el 20 de mayo de 2025, la Corte Suprema abordó la configuración de la falta grave prevista en el inciso c) del artículo 25 del Decreto Supremo 003-97-TR, referida a la apropiación consumada o frustrada de bienes o servicios del empleador, así como su retención o uso indebido en beneficio propio o de terceros, sin importar su valor.
La Corte Suprema precisó que este tipo de faltas se vinculan directamente con el principio de buena fe laboral, al requerir tanto un elemento objetivo, como es el uso indebido de los bienes o servicios del empleador, y, por otro lado, un elemento subjetivo, vinculado a la intención de obtener una ventaja personal o para un tercero. Considerando ello, recalcó que esta conducta evidencia el incumplimiento de obligaciones laborales y justifica una sanción por la ruptura del deber de fidelidad del trabajador hacia su empleador.
