Corte Suprema confirma que utilizar objetos personales de otro trabajador sin su previa autorización quiebra la relación de confianza y buena fe laboral

Jóvenes estudiando con una laptop

Mediante resolución de fecha 26 de mayo de 2021 la Corte Suprema resuelve el recurso de casación 7826-2018-Lima, señalando que si bien es cierto que dentro del proceso no se han presentado normativa interna del empleador que regule y se prohíba expresamente el uso de herramientas personales de otro trabajador otorgado por el empleador para que desempeñe sus labores, ello no impide deducir que, el actuar de la demandante fue incorrecto; en tanto las normas internas de trabajo e inclusive las normas generales, no tienen por qué contener todos los supuestos. Siendo necesario en estos casos, utilizar la razonabilidad y las máximas de la experiencia, en consecuencia, se debe entender que los objetos personales de otro trabajador, en especial de un superior, no pueden ser utilizados sin la expresa autorización de este, aún más cuando este objeto aprueba determinadas operaciones, puesto que en este tipo de entidades existen procedimientos que permiten evitar cualquier tipo de fraude o perjuicio. Es así, que la demandante incumplió con los deberes inherentes a su cargo, lo que ocasionó el quebrantamiento de la relación de confianza y buena fe laboral con su ex empleador.

Finalmente, señala, que las circunstancias descritas permiten advertir que en el caso de autos se ha configurado los presupuestos de la comisión de falta grave.

Puede descargar la resolución en el siguiente link: RC 7826-2018-Lima.

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