Corresponde una sanción administrativa por la presentación tardía, incompleta o falsa de las declaraciones juradas de intereses dentro del Sector Público

Mediante el Informe Técnico 000076-2022-Servir-GPGSC de fecha 14 de enero de 2022, la Autoridad Nacional del Servicio Civil (Servir) se pronunció sobre la obligatoriedad de la presentación de la declaración jurada de intereses dentro del Sector Público, lo cual está destinado a transparentar la información relevante de los sujetos obligados para la detección y prevención de conflictos de intereses, constituyendo un requisito indispensable para el ejercicio del cargo o función pública.

Asimismo, Servir indica que conforme a la Ley 31227, Ley que transfiere a la Contraloría General de la República la competencia para recibir y ejercer el control, fiscalización y sanción respecto a la declaración jurada de intereses de autoridades, servidores y candidatos a cargos públicos, se indica de acuerdo al artículo 5, el incumplimiento de la presentación de las declaraciones juradas de intereses establecidos en los incisos b) y c) o la presentación tardía, incompleta o falsa dará lugar a la respectiva sanción administrativa a cargo de la Contraloría General de la República.

Informe Técnico 000076-2022-Servir-GPGSC.

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