¿Contratar a un egresado constituye una desnaturalización del convenio de prácticas preprofesionales?

3 personas en una reunión de trabajo

La Corte Suprema de Justicia de Lima, mediante la Casación Laboral 23935-2018-Moquegua, resolvió que: «si bien en los convenios suscritos por la actora se consigna que fueron para realizar prácticas pre profesionales, a pesar que tenía la condición de egresada conforme a la constancia de fojas tres, siendo lo correcto establecer en el convenio para prácticas profesionales, ello no implica que el convenio sea fraudulento ni que se haya desnaturalizado; toda vez que, en la realidad se ha cumplido los requisitos exigidos en la Ley 28518 y su reglamento; además, en los hechos se ha cumplido la formación teórica y práctica de la actora, por ende, la nominación del convenio no puede primar sobre el cumplimiento de los requisitos y finalidad de la real modalidad formativa pretendida por las partes».

Podrán descargar la sentencia en el siguiente enlace.

Relacionados

Written by 

La revista especializada en derecho laboral más antigua del Perú. Fundada por Fernando Elías Mantero en mayo de 1975.