Consideraciones para el regreso o reincorporación al trabajo de trabajadores con factores de riesgo para COVID-19

El 13 de mayo de 2020, en el diario oficial El Peruano, en su edición extraordinaria se publicó la Resolución Ministerial 283-2020-MINSA, mediante la cual modifican el documento técnico denominado “Lineamientos para la Vigilancia, Prevención y Control de la Salud de los Trabajadores con Riesgo de Exposición a COVID-19”.

Cabe recordar que mediante el DS 083-2020-PCM, publicado el 10 de mayo de 2020, se modificó las características del grupo de riesgo; así como también, se estableció que la personas comprendidas en el grupo de riesgo que deseen concurrir a trabajar o prestar servicios en las actividades autorizadas, pueden suscribir una declaración jurada de asunción de responsabilidad voluntaria.

En ese sentido, mediante la mediante la Resolución Ministerial 283-2020-MINSA, se ha realizado nuevamente otra modificación a las características del grupo de riesgo, disponiendo que se deben considerar en este grupo los trabajadores que presenten los siguientes factores de riesgo para COVID-19:

Grupo de riesgo para COVID-19

  • Personas mayores de 65 años.
  • Personas que padecen hipertensión arterial no controlada
  • Personas que padecen diabetes mellitus.
  • Personas que padecen enfermedades cardiovasculares graves.
  • Personas que padecen enfermedad pulmonar crónica.
  • Personas que padecen cáncer.
  • Personas que padecen de asma moderado o grave.
  • Personas que padecen de insuficiencia renal crónica en tratamiento con hemodiálisis.
  • Personas que padecen de obesidad con IMC de 40 a más.

En atención a la nueva modificación del grupo de riesgo, hemos preparado un cuadro comparativo:

DS 083-2020-PCM Resolución Ministerial 283-2020-MINSA
– Personas mayores de 65 años.
– Personas que padecen hipertensión arterial.
– Personas que padecen diabetes mellitus.
– Personas que padecen enfermedades cardiovasculares.
– Personas que padecen enfermedad pulmonar crónica.
– Personas que padecen cáncer.
Personas que padecen de asma.
– Personas que padecen de insuficiencia renal crónica.
– Personas que padecen de obesidad con IMC de 40 a más.
– Otras que establezca la Autoridad Nacional Sanitaria.
– Personas mayores de 65 años.
– Personas que padecen hipertensión arterial no controlada
– Personas que padecen diabetes mellitus.
– Personas que padecen enfermedades cardiovasculares graves.
– Personas que padecen enfermedad pulmonar crónica.
– Personas que padecen cáncer.
– Personas que padecen de asma moderado o grave.
– Personas que padecen de insuficiencia renal crónica en tratamiento con hemodiálisis.
– Personas que padecen de obesidad con IMC de 40 a más.

Descarga la Resolución Ministerial 283-2020-MINSA.

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La revista especializada en derecho laboral más antigua del Perú. Fundada por Fernando Elías Mantero en mayo de 1975.

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