Conoce los días declarados no laborables para el sector público durante el año 2022

Calendario con feriados

Mediante Decreto Supremo 033-2022-PCM, publicado  el 1 de abril en el diario oficial El Peruano, se declara días no laborables  los siguientes días:

  • Lunes 2 de mayo
  • Viernes 24 de junio
  • Lunes 29 de agosto
  • Viernes 7 de octubre
  • Lunes 31 de octubre
  • Lunes 26 de diciembre
  • Viernes 30 de diciembre

Para fines tributarios, dichos días serán considerados hábiles.

El Gobierno decretó días no laborables, para los trabajadores del sector público, siete fechas del año 2022 los cuales, sumados a los feriados ordinarios, crean fines de semana largos propicios para la práctica del turismo interno, instrumento dinamizador que permitirá seguir impulsando la reactivación económica del Perú.

La norma señala que las horas dejadas de laborar durante los días no laborables establecidos en el presente decreto supremo serán compensadas en los diez días inmediatos posteriores, o en la oportunidad que establezca el titular de cada entidad pública, en función a sus propias necesidades.

Los titulares de las entidades del sector público adoptarán las medidas necesarias para garantizar la provisión de aquellos servicios que sean indispensables para la sociedad, durante los días no laborables establecidos en el presente decreto supremo.

La norma aclara que los centros de trabajo del sector privado podrán acogerse a los mencionados días no laborables, previo acuerdo entre el empleador y sus trabajadores, quienes deberán establecer la forma como se hará efectiva la recuperación de las horas dejadas de laborar; a falta de acuerdo, decidirá el empleador.

Las entidades y empresas privadas que realizan servicios sanitarios y de salubridad, limpieza y saneamiento, electricidad, agua, desagüe, gas y combustible, sepelios, comunicaciones y telecomunicaciones, transporte, puertos, aeropuertos, seguridad, custodia, vigilancia, y traslado de valores y expendio de víveres y alimentos; están facultadas para determinar los puestos de trabajo que están excluidos de los días no laborables , y los trabajadores respectivos que continuarán laborando, a fin de garantizar los servicios a la comunidad.

Diferencias entre feriado y día no laborable

Los feriados son definidos por ley, mientras que los días no laborables son decretados por el Gobierno. Los feriados son descansos remunerados que no se compensan. En tanto, si no se trabaja en día no laborable, se debe compensar luego esas horas.

Puede descargar el Decreto Supremo en el presente link.

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La revista especializada en derecho laboral más antigua del Perú. Fundada por Fernando Elías Mantero en mayo de 1975.