La Comisión de Trabajo y Seguridad Social, aprobó, por mayoría, la insistencia a la autógrafa observada por el presidente de la república, del proyecto de ley 5474/2020-CR, que propone la modificación la Ley 29783, Ley de seguridad y salud en el trabajo para garantizar el derecho de los trabajadores a la seguridad y la salud en el trabajo ante riesgo epidemiológico y sanitario.
La ley tiene por objeto modificar los artículos 49 y 60 de la Ley 29783, ley de seguridad y salud en el trabajo, para garantizar el bienestar de los trabajadores de los sectores público y privado, indistintamente del régimen laboral que tengan o de la modalidad, presencial o remota, por la que están desarrollando sus labores, para lo cual el empleador debe asumir el costo de los equipos de protección personal, de acuerdo a las normas técnicas peruanas, establecidas en la Resolución Directoral 005-2020-INACAL/DN, sin generar costos o retención salarial a los trabajadores.
Asimismo, señala que el empleador deberá ejercer la vigilancia epidemiológica e inteligencia sanitaria, en beneficio de sus trabajadores, para lo cual asumirá el costo de las pruebas de tamizaje necesarias, debidamente acreditadas por la Autoridad Nacional de Salud, para todo su personal, sin que ello genere costo o retención salarial de ninguna forma a los trabajadores a su cargo, con el objetivo de controlar la propagación de enfermedades transmisibles dentro y fuera del ámbito laboral.
Esperamos su promulgación y les seguiremos informando.
Pueden descargar el proyecto de ley 5474/2020-CR aquí.