Banco Central de la Reserva del Perú: restringir la posibilidad de tercerizar no es beneficiosa para nuestro país

Banco Central de Reserva del Perú

Mediante Oficio 0067-2022-BCRP, de fecha 28 de marzo de 2022, el Banco Central de Reserva del Perú (BCR) ha emitido su opinión sobre la viabilidad técnica del Decreto Supremo 001-2022-TR, que modifica el Decreto Supremo 006-2008-TR, que aprueba el Reglamento de la Ley 29245 y del Decreto Legislativo 1038, que regulan los servicios de tercerización.

Al respecto, el BCR ha señalado que la norma en mención ha generado incertidumbre a las empresas, toda vez que no especifica de que manera se determina el núcleo del negocio. Asimismo, ha indicado que prohibir o restringir la tercerización laboral podría tener implicancias económicas y laborales en varios sectores de la economía, sobre todo en aquellos que tienen una alta proporción de subcontratación, como, por ejemplo, el sector minero.

En esa misma línea, considera que uno de los efectos negativos de esta norma, es que al restringirse la posibilidad de tercerizar, incidiría sobre la productividad agregada porque elevaría los costos, y se abandonarían ganancias por especialización y, en consecuencia, le restaría competitividad a la economía peruana, generando que se reduzca la tasa de crecimiento económico a futuro y afectaría el potencial para crear empleo adecuado.

Además, sostiene que una norma como la planteada inhibiría el progreso en nuestro país porque pretende limitar a las empresas a un tipo restringido de posibilidad de organización de su producción.

Pueden visualizar el oficio completo en el siguiente enlace.

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La revista especializada en derecho laboral más antigua del Perú. Fundada por Fernando Elías Mantero en mayo de 1975.