El 6 de agosto de 2021 se ha publicado en el diario oficial El Peruano la Ley 31329, que tiene por objeto declarar de interés nacional el otorgamiento de una pensión, mensual y vitalicia, a los bomberos voluntarios del Perú que cumplan con los siguientes presupuestos concurrentes:
- Haber cumplido 65 años de edad,
- Contar con 20 años de servicios ininterrumpidos como bombero voluntario y no encontrarse afiliado o cotizando para el Sistema Nacional de Pensiones (SNP), para el Sistema Privado de Pensiones (SPP) u otro régimen pensionario creado o por crearse.
El Poder Ejecutivo debe reglamentar la presente ley en un plazo no mayor de 60 días calendario, desde el día siguiente de su publicación (esto es hasta el 19 de setiembre de 2021).
Puede descargar la Ley 31329 en el siguiente aquí.