Aprueban el «Manual del Plan de Mitigación de Riesgos»

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Con fecha 23 de octubre de 2021, se publica la Resolución de Superintendencia096-2021-SUSALUD/S en el diario Oficial El Peruano, se aprueba el «Manual del Plan de Mitigación de Riesgos», con código M3.M01 V0, cuyo texto forma parte integrante de la presente Resolución.

La Superintendencia Adjunta de Supervisión, ha desarrollado el proyecto de norma «Manual del Plan de Mitigación de Riesgos», con código M3.M01 V0; documento que establece las pautas metodológicas del Plan de Mitigación de Riesgos a cargo de la ISIPRESS y la ISIAFAS de SUSALUD, a fin de que las IPRESS, IAFAS y las UGIPRESS fiscalizadas, elaboren e implementen el referido plan, en respuesta a las acciones de fiscalización por el incumplimiento de obligaciones, prohibiciones y otras limitaciones exigibles a los administrados, derivados de una norma legal o reglamentaria, contratos con el Estado u otra fuente jurídica bajo un enfoque de cumplimiento normativo, de prevención del riesgo, de gestión y tutela de los bienes jurídicos protegidos;

Que, tratándose de una norma de carácter general, conforme a lo establecido en el artículo 14 del Reglamento que establece disposiciones relativas a la publicidad, publicación de Proyectos Normativos y difusión de Normas Legales de Carácter General, aprobado por Decreto Supremo 001-2009-JUS, la misma fue publicada mediante Resolución de Superintendencia  070-2021-SUSALUD/S, a fin de recibir aportes, comentarios o sugerencias de los agentes usuarios y del público en general; verificándose al término del plazo concedido, la inexistencia de aporte o comentario alguno; Que, de acuerdo a ello, y estando a que el “Manual del Plan de Mitigación de Riesgos”, con código M3.M01 V0, busca fortalecer la gestión de riesgos que desarrollen las IAFAS, IPRESS y UGIPRESS fiscalizadas, al brindar pautas metodológicas que permitan la elaboración e implementen del PMR, ajustándose para ello, al marco normativo expuesto, se considera viable legalmente su aprobación

Se dispone la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial “El Peruano”; así como la publicación de ésta y del Manual al que se refiere el artículo 1 de la presente resolución, en la página web institucional (www.gob.pe/susalud). Regístrese, comuníquese y publíquese.

Puede descargar la Resolución de Superintendencia en el presente link.

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