Ante la acreditación de una aflicción psicológica por percibir una pensión mínima corresponde la indemnización por daño moral

Mediante la Casación Laboral 1560-2018-Lambayeque de fecha 27 de noviembre de 2019, la Corte Suprema precisó que en la acreditación del daño moral sufrido, en el presente caso por el actor, generada por la aflicción psicológica a consecuencia de haber percibido una pensión mínima durante varios años, asimismo, se inició un proceso en materia de acción de amparo, con la finalidad del reconocimiento al derecho a pensión, puesto que le corresponde ser indemnizado por el daño ocasionado, de acuerdo a lo previsto por las disposiciones normativas.

Casación Laboral 1560-2018-Lambayeque.

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