El consejo ejecutivo del poder judicial ha emitido la resolución administrativa 000287-2021-CE-PJ por medio de la cual dispone que a partir del 07 de octubre de 2021 entre en vigencia la Nueva Ley Procesal del Trabajo en el distrito judicial de San Martín.
Asimismo, dispone lo siguiente:
- A partir del 1 de octubre de 2021, la conversión del Segundo Juzgado de Paz Letrado de Tarapoto como Juzgado de Paz Letrado Laboral, con competencia en la tramitación de la Ley 26636.
- A partir del 1 de octubre de 2021, que el 1º, 3º y 4º Juzgados de Paz Letrados de Tarapoto continúen atendiendo el proceso civil, de familia y penal.
- A partir del 7 de octubre de 2021, se implemente la competencia en la Nueva Ley Procesal del Trabajo, el Proceso Contencioso Administrativo Laboral y la liquidación de la Ley 26636 en los órganos jurisdiccionales de la Corte Superior de Justicia de San Martín, conforme se detalla:
- Sala Civil de Moyobamba, la Sala Civil de Tarapoto y la Sala Mixta de Juanjuí, manteniendo su competencia territorial respecto a los procesos laborales mencionados, en adición a sus funciones.
- Juzgado de Trabajo Transitorio de la sede de Moyobamba, con competencia territorial en la provincia de Moyobamba.
- Juzgado de Trabajo Transitorio de la sede de Tarapoto, con competencia territorial en la provincia de San Martín.
- Juzgado de Paz Letrado Laboral de la sede de Tarapoto, con competencia territorial en la provincia de San Martín.
- Juzgados Civiles de las sedes de Rioja, Nueva Cajamarca y Lamas, manteniendo su competencia territorial respecto a los procesos laborales mencionados, en adición a sus funciones.
- El 1º Juzgado de Paz Letrado de la sede de Moyobamba y los Juzgados de Paz Letrados de las sedes de Rioja, Nueva Cajamarca, Lamas, Picota, El Dorado, Yurimaguas, Juanjuí, Tocache, Saposoa y Bellavista, manteniendo su competencia territorial respecto a los procesos laborales mencionados, en adición a sus funciones.
- Implementar, a partir del 7 de octubre de 2021, el Módulo Corporativo Laboral – San Martín conformado por el Juzgado de Paz Letrado Laboral Permanente y el Juzgado de Trabajo Transitorio de la sede de Tarapoto.
Puede descargar la Resolución Administrativa 000287-2021-CE-PJ aquí.