Se ha publicado en el diario oficial El Peruano, el Decreto de Urgencia 127-2020, mediante el cual se establece el otorgamiento de subsidios para la recuperación del empleo formal en el sector privado, así como también establece otras disposiciones.
La referida norma, tiene por objeto promover la recuperación del empleo formal, incentivando la contratación laboral y la preservación de puestos de trabajo, a través del otorgamiento de un subsidio a empleadores del sector privado afectados durante el estado de emergencia nacional declarado a consecuencia de la propagación del brote del COVID-19, y el establecimiento de medidas para garantizar la observancia de la jornada de trabajo y el goce del derecho al descanso; así como establecer medidas para la atención de intervenciones o inversiones prioritarias que contribuyan a la reactivación económica.
Las medidas promovidas por el gobierno son las siguientes:
Subsidios para nuevas contrataciones
¿Qué empresas pueden beneficiarse?
Empresas aprobadas por el Ministerio de Trabajo que tengan al menos 20% de ingresos netos en el bimestre abril – mayo 2020 comparado con el mismo período del 2019.
Empresas excluidas
Aquellas que estén inhabilitadas para contratar con el Estado, cuenten con procesos de ceses colectivos, tengan deudas tributarias en cobranza coactiva, estén inmersas en procesos de corrupción, entre otras.
Trabajadores calificados
Nuevos trabajadores o retorno de aquellos que están en Suspensión Laboral, cuyas remuneraciones no superen los S/ 2,400. Si la empresa tiene más de 100 trabajadores, la suma total de remuneraciones de trabajadores que ganan más de S/ 2,400 no debe ser inferior al 80%.
Vigencia de subsidio
Trabajadores contratados entre noviembre de 2020 a abril 2021.
Subsidios para jóvenes (18-24 años)
Contrato estable: 55% primeros 3 meses y 27.5% siguientes tres meses.
Contrato plazo fijo o tiempo parcial: 45% primeros 3 meses y 22.5% siguientes tres meses.
Subsidios para adultos
Contrato estable: 45% primeros 3 meses y 22.5% siguientes tres meses.
Contrato plazo fijo o tiempo parcial: 35% primeros 3 meses y 17.5% siguientes tres meses.
Pago de subsidios
Sistema de reembolso mediante EsSalud.
Trámite de devolución de subsidios
Hasta el 14 de diciembre de 2021.
Sanción
El Ministerio de Trabajo a través de la Procuraduría Pública, adoptarán las acciones civiles correspondientes, para obtener la devolución de los montos del subsidio otorgados indebidamente a aquellos empleadores que no haya cumplido con los requisitos para el beneficio.
Fiscalización
La Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral (Sunafil) informa al Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo lo verificado en el ejercicio de sus funciones.
Trabajo remoto
Facultad de lugar de trabajo
El empleador puede disponer el trabajo remoto hasta el 31 de julio del 2021.
Desconexión digital
Durante días de descanso, licencias y suspensión así como fuera de la jornada laboral los trabajadores tienen derecho a desconectarse de medios informáticos, telecomunicaciones, etc .
Trabajadores sin fiscalización inmediata
Derecho a desconexión mínima de 12 horas continuas en un período de 24 horas más días de descanso y licencias.
Contratación de personal
Limitación de contratación
La contratación de trabajadores para ocupar los puestos de aquellos comprendidos en una medida de suspensión perfecta de labores, prevista en el Decreto de Urgencia 038-2020, constituye fraude laboral a las disposiciones de la citada norma.
Sanción
El Ministerio de Trabajo a través de la Procuraduría Pública, adoptarán las acciones penales correspondientes.
Fiscalización
La Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral (Sunafil) informa al Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo lo verificado en el ejercicio de sus funciones.
Descargar el Decreto de Urgencia 127-2020.