Solo los afiliados a una organización sindical que llevó a cabo una negociación colectiva pueden percibir el bono por cierre de pliego

Mediante el Informe Técnico 000191-2023-Servir-GPGSC de fecha 30 de enero de 2023, la Autoridad Nacional del Servicio Civil (Servir) se pronunció sobre el bono por cierre de pliego en la negociación colectiva, para ello, se remitió a lo expresado en el Informe Técnico 000687-2022-Servir-GPGSC, en la cual precisa que este beneficio al constituir un concepto no remunerativo otorgado por el empleador y percibido por los trabajadores, siendo justificando el otorgamiento en la organización sindical, habiendo desgastado sus propios recursos, cumplió con la finalidad de la negociación colectiva, arribando a una solución pacífica ante un eventual conflicto laboral.

En ese sentido, Servir señala que posee un carácter extraordinario, asimismo, al ser de naturaleza especial hace justificable y razonable que solo los afiliados a la organización sindical, la cual llevó a cabo el procedimiento de negociación colectiva, puedan percibirla, en mérito a la autonomía de las partes.

Informe Técnico 000191-2023-Servir-GPGSC.

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