Mediante el Informe Técnico 002309-2022-Servir-GPGSC de fecha 10 de noviembre de 2022, la Autoridad Nacional del Servicio Civil (Servir) reiteró que como organismo rector posee la facultad de emitir una opinión técnica sobre las disposiciones normativas y el funcionamiento del Sistema Administrativo de Gestión de Recurso Humanos, no obstante, mediante el Decreto de Urgencia 044-2021, dentro del artículo 2, expresa que la Dirección General de Gestión Fiscal de los Recursos Humanos del Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) tiene la competencia exclusiva y excluyente para emitir opinión vinculante sobre el tópico de ingresos correspondiente al área mencionada del Sector Público, asimismo, emite opinión sobre las compensaciones no económicas, en caso la propuesta tenga efectos fiscales.