Mediante el Informe Técnico 001459-2024-SERVIR-GPGSC de fecha 10 de octubre de 2024, la Autoridad Nacional del Servicio Civil (Servir) se pronunció sobre el contrato de locación de servicio en la administración pública con actividades de servicios de seguridad ciudadana, apoyo administrativo para digitalizar documentos, procesar datos y archivos, limpieza de espacios de uso público.
Para ello, Servir resaltó que no cuenta la competencia para emitir un pronunciamiento sobre relaciones de naturaleza civil que se desarrollen en la administración pública, puesto que es facultad del Sistema Administrativo de Gestión de Recursos Humanos del Estado. Asimismo, evocó la Sexta Disposición Complementaria Final del Reglamento General de la Ley 30057, Ley del Servicio Civil, en la cual se prohíbe que las entidades públicas contraten a personal bajo la modalidad de locación de servicios para actividades sujetas a subordinación o no autónomas.