Servir: Para modificar el contenido de una cláusula negociable colectiva sí resulta viable la actuación del conciliador como mediador

Mediante el Informe Técnico 002141-2024-SERVIR-GPGSC de fecha 31 de diciembre de 2024, la Autoridad Nacional del Servicio Civil (Servir) se pronunció sobre la posibilidad de la actuación del conciliador como mediador.

Ante lo indicado, el presente organismo rector señaló dentro del procedimiento de negociación colectiva en el sector estatal no resulta viable que el conciliador actúe como mediador, adicionando adicione cláusulas distintas a las formuladas en el proyecto de convenio colectivo presentado dentro del plazo legal, puesto que lo negociable se circunscribe a lo enmarcado en el proyecto. Sin embargo, sí cabe la posibilidad que el conciliador que actúe como mediador proponiendo la modificación al contenido de alguna cláusula a negociar sin que ello conlleve a cambiar su denominación ni desnaturalizar la esencia de la misma fuera del marco circunscrito por el proyecto de convenio colectivo presentado por la organización sindical respectiva dentro del plazo legal.

Informe Técnico 002141-2024-SERVIR-GPGSC.

Relacionados
Revista Actualidad Laboral: La revista especializada en derecho laboral más antigua del Perú. Fundada por Fernando Elías Mantero en mayo de 1975.