Servir no tiene la responsabilidad de indicar una calificación jurídica o alcances normativas de faltas disciplinarias

Mediante el Informe Técnico 0000674-2024-SERVIR-GPGSC de fecha 22 de abril de 2024, la Autoridad Nacional del Servicio Civil (Servir) se pronunció sobre su responsabilidad por la comisión de faltas disciplinarias y su tipificación conforme el régimen disciplinario de la Ley del Servicio Civil, Ley 30057.

Para ello, SERVIR destacó que a través de la Secretaría Técnica de Procedimientos Administrativos Disciplinarios concerniente a cada entidad pública es la encargada de la tipificación de las denuncias y sus reportes correspondientes, como también determinar si una conducta en particular se subsume o no, y establecer la diferencia normativa que pudiera existir entre faltas disciplinarias. En ese sentido, el presente organismo rector resalta que no le corresponde emitir una opinión técnica acerca de la calificación jurídica o alcances normativas sobre faltas disciplinarias.

Informe Técnico 0000674-2024-SERVIR-GPGSC.

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