Mediante el Informe Técnico 002309-2022-Servir-GPGSC de fecha 10 de noviembre de 2022, la Autoridad Nacional del Servicio Civil (Servir) reiteró el margen de sus facultades como organismo rector, pronunciándose sobre impedimento para que un secigrista que perciba un ingreso económico del Estado, pueda trabajar paralelamente en una empresa privada y percibir otro ingreso económico.
Ante ello, Servir precisó que dicha consulta debe ser respondida y analizada por la Dirección General de Gestión Fiscal de los Recursos Humanos del Ministerio de Economía y Finanzas (MEF), por ser materia de ingresos correspondientes a los recursos humanos del Sector Público, conforme lo dispuesto en el Decreto de Urgencia 044-2021 y el Decreto Supremo 153-2021-EF.