Servir: Cualquier duda sobre aclaración o forma de ejecución de un mandato judicial debe ser formulada a la autoridad emisora

Mediante el Informe Técnico 000995-2024-SERVIR-GPGSC de fecha 15 de julio de 2024, la Autoridad Nacional del Servicio Civil (Servir) se pronunció sobre el cumplimiento de los mandatos judiciales en virtud de reincorporación laboral, para ello, en un primer lugar, el presente organismo rector destacó el artículo 4 del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, en el cual se precisa que las entidades públicas tienen la obligación de cumplir con las decisiones judiciales emanadas de la autoridad judicial, no siendo factible que sus funcionarios o servidores públicos realicen calificaciones o interpretaciones sobre lo requerido o dispuesto.

Adicionalmente, Servir resaltó que no le corresponde emitir una opinión sobre el contenido y forma de ejecución de una resolución que dispone la reincorporación laboral, pese a ser el ente rector del Sistema Administrativo de Gestión de Recursos Humanos, por ello, cualquier pedido de aclaración o forma de ejecución sobre el mismo, debe ser formulado ante la autoridad emisora.

Informe Técnico 000995-2024-SERVIR-GPGSC.

Relacionados
Revista Actualidad Laboral: La revista especializada en derecho laboral más antigua del Perú. Fundada por Fernando Elías Mantero en mayo de 1975.